Como un principio general del Derecho Político la soberanía es el ejercicio de la autoridad suprema sobre un territorio determinado. En la teoría política materialista el territorio es una de las capas (basal) que existe en toda sociedad política junto a las capas conjuntiva (aparato jurídico-político) y cortical (diplomacia y fuerzas militares).
Siendo la capa
basal o territorio la que comprende los recursos materiales para la recurrencia
de esa sociedad política (eutaxia) se puede entender porque su defensa es un
asunto esencial en la praxis política. Los Estados (sociedades políticas)
asumen la defensa de su territorio como una lucha que es vital para su
subsistencia.
En teoría el
ejercicio de esa autoridad suprema sobre el territorio ocurre como una delegación
que hacen los ciudadanos a esa sociedad política que a su vez dispone de
instrumentos jurídicos, de planes y programas para ejercerla.
La Constitución y
las leyes definen acciones concretas a las autoridades para proteger y ejercer
la soberanía territorial. De manera que carece de sentido práctico convocar a
los ciudadanos para preguntarles cómo y cuándo ejercer la soberanía sobre un
territorio porque se asume que el estado dispone de los instrumentos jurídicos,
políticos y militares para hacerlo.
Cuando la autoridad
de un Estado convoca un referéndum para decidir un asunto estricto de soberanía
territorial no es precisamente porque las autoridades no sepan que hacer ya que
las políticas y los planes para su ejercicio han sido claramente determinados
en la Constitución y las leyes.
Más que legitimar
el ejercicio de una acción soberana en defensa del territorio, por la vía de
una consulta popular, ese régimen político podría estar tratando de legitimarse
a sí mismo ante el masivo rechazo popular y una crisis terminal en su capas
conjuntiva y cortical.- @humbertotweets
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