En la etapa de propaganda y promoción del referéndum sobre el Esequibo Hermann Escarrá y otros destacados miembros del gobierno de Nicolás Maduro argumentaron que dicho referéndum era consultivo y en ningún momento vinculante. Esto es, que no se podría tomar como un mandato con validez jurídica para los poderes públicos.
El ser vinculante o
no era una cuestión pertinente, a juzgar por la calidad de las preguntas
presentadas que cubrían un amplio espectro de asuntos con evidente impacto
jurídico y político, tales como el desconocimiento de la jurisdicción de la
Corte Internacional de Justicia, la creación del estado Esequibo y el uso de la
fuerza, entre otros medios, de ser necesario para recuperar el territorio en
reclamación.
Haciendo
abstracción de la coyuntura política el gobierno, promotor del referéndum,
llamó a votar sí a las 5 preguntas, la oposición de la MUD no fijó posición y
dejó a sus seguidores en libertad de votar como quisieran, mientras algunos
académicos llamaron a votar si y no a algunas preguntas.
Para la inmensa
mayoría de los venezolanos resultó difícil separar el asunto del Esequibo de la
actual coyuntura. La prisa en la convocatoria y la improvisación en las
preguntas, además del escalamiento retórico contra Guyana llevó a pensar a
muchos que el gobierno en realidad estaba creando las condiciones para
suspender las garantías políticas ante un estado inminente de conmoción
nacional lo cual sin duda le permitirá influir en la política interna.
Esta percepción
puede explicar porque la mayoría de los electores no asistió a los centros de
votación y estos lucieron tranquilos y desolados a lo largo del día. También
esto explicaría porque el CNE presentó una cifra consolidada de votos en la
suma de las 5 preguntas, que no del total de votantes que efectivamente
acudieron.
Una vez conocidos
los resultados oficiales Nicolás Maduro ha sido enfático en explicar que ese
referéndum consultivo tiene indiscutibles efectos jurídicos vinculantes. Así
Maduro contradice todo el discurso de la campaña llamando a votar 5 veces sí y
también desautoriza las opiniones de otros funcionarios tales como el propio
Hermann Escarrá y la presidenta del TSJ Gladys Gutiérrez quienes hasta hace
unas horas defendían la tesis que el referéndum era consultivo y no tenía
carácter vinculante.
Técnicamente Nicolás
Maduro tiene razón. La contradicción de rango constitucional está contenida
precisamente en los artículos 70 y 71 de la Constitución de 1999 de cuya
concatenación se interpreta que el referendo (consultivo) es un medio de
participación del pueblo en ejercicio de su soberanía en lo político “...y sus
decisiones serán de carácter vinculante”.
Desde el punto de
vista jurídico y Constitucional le correspondería al TSJ resolver esta
incongruencia y declarar la inconstitucionalidad parcial de los artículos 70 y
71 por ser mutuamente excluyentes y contradictorios. Desde el punto de vista
político habría que discutir si la decisión adoptada por el 5% o menos de la
población electoral, que incluyó menores de edad, tiene la fuerza para afectar
a todo el conjunto de la sociedad política.- @humbertotweets
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